Resumen: El Tribunal considera que El dejar a un bebe en un coche durante una hora supone una desatención de las normas de cuidado del menor más elementales, y debe ser sancionado penalmente, pero no por el tipo del art. 229 y 230 del CP puesto que esta conducta no ha afectado a su supervivencia desarrollo afectivo, social y cognitivo. La conducta descrita encaja en el art. 226 del CP, puesto que el padre dejó de cumplir su deber de cuidado, durante esa hora, luego regresó para seguir cumpliendo sus obligaciones.